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Pleno de la CNJ aprobó resolución con fuerza de ley y precedente jurisprudencial obligatorio en sesión en la ciudad de Guayaquil

GYEPLENO NOTICIA

El 25 de octubre de 2021, en sesión extraordinaria realizada en la ciudad de Guayaquil, el Pleno de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) aprobó el proyecto de resolución con fuerza de ley que aclara la competencia que las y los jueces tienen para conocer la reparación integral a favor de las víctimas, dictadas en una sentencia definitiva; y el precedente jurisprudencial obligatorio en relación al plazo en que la Contraloría General del Estado debe sancionar las predeterminaciones de responsabilidad civil culposa o en su defecto desvanecerlas.

La reunión -que se desarrolló en las instalaciones de la Corte Provincial de Justicia del Guayas- fue presidida por el presidente de la CNJ, Dr. Iván Saquicela Rodas, quien agradeció la predisposición de las y los magistrados para instalarse en otra provincia. “Asistimos a territorio para sesionar con el Pleno y dialogar sobre temas jurídicos con juezas y jueces de la provincia, siempre con el fin de mejorar la prestación del servicio de administración de justicia del país”, mencionó.

En ese sentido, el presidente de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado de la CNJ, Dr. Walter Macías, destacó que esta decisión coadyuvará a la lucha contra el hacinamiento penitenciario, pues se “dilucidó lo que establecen los artículos 142 del Código Orgánico de la Función Judicial y 669 - 670 del Código Orgánico Integral Penal, determinando que los jueces competentes para ejecutar la reparación integral de la víctimas, son aquellos que sustanciaron y resolvieron el juicio, mientras que los jueces de garantías penitenciarias serán los encargados de vigilar únicamente el cumplimiento o incumplimiento de dicha reparación”.

Por su parte, el presidente de la Sala Especializada de lo Contencioso Administrativo de la CNJ, Dr. Fabián Racines, indicó que este precedente jurisprudencial precisa que “el plazo de 180 días para sancionar o desvanecer las predeterminaciones de responsabilidad civil culposa comporta un plazo fatal dentro del cual el organismo de control debe aprobar este tipo de resoluciones y el no hacerlo dentro de este plazo significaría que lo estaría realizando sin competencia en razón del tiempo". 

Con este tipo de resoluciones se aclaran ambigüedades y se fortalece el principio de seguridad jurídica y legalidad. De esta forma, el Pleno de la Corte Nacional de Justicia cumple por una parte con la misión de velar por la aplicación uniforme de la ley, mediante la expedición de resoluciones y la unificación de criterios; y por otra fomenta la política institucional de Justicia Abierta, que busca a través de la transparencia, participación y colaboración un acercamiento del poder judicial con la sociedad.

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