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Jueces de la Corte Nacional resolvieron la nulidad procesal del caso Singue por cuanto el Tribunal Contencioso Administrativo de Quito declaró la caducidad e ilegalidad del informe de la Contraloría General del Estado

TRIBUNALSINGUE

El 10 de noviembre de 2022, los jueces nacionales, Luis Rivera Velasco (ponente), Felipe Córdova Ochoa y Daniella Camacho Herold resolvieron en el denominado Caso Singue, declarar la nulidad procesal de todo lo actuado a partir de la solicitud de formulación de cargos, que fue presentada por la Fiscalía General del Estado el 12 de febrero de 2019.

El tribunal de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia destacó que, de acuerdo a la ley, en los artículos 454 y 581 del Código Orgánico Integral Penal, al momento de iniciar el proceso se exigía como requisito indispensable en los delitos de peculado el informe de la Contraloría General del Estado, en este caso el que contenía el “Examen especial a los procesos precontractual, contractual y de ejecución del contrato de prestación de servicios para la exploración y /o explotación de hidrocarburos, petróleo crudo en el Bloque Singue de la región amazónica”, que en este proceso ya no existe jurídicamente porque fue declarada su caducidad e ilegalidad por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Quito, el 18 de noviembre de 2021.

La resolución de nulidad del proceso dictada por el tribunal penal no implica declaratoria de inocencia ni culpabilidad de los procesados, consecuentemente, la Fiscalía General del Estado, según sus competencias, podrá iniciar nuevas acciones investigativas de así estimarlo.

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