El Pleno de la CNJ rechaza las actuaciones simuladas del CPCCS para no designar al titular del Consejo de la Judicatura
Las y los jueces nacionales expresamos nuestra preocupación por la afectación a la institucionalidad y la continua violación a la seguridad jurídica que perjudica a la Función Judicial del Ecuador, y una vez más, denunciamos al país los atropellos sistemáticos por parte del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) para evitar y boicotear la designación de la o el presidente del Consejo de la Judicatura (CJ).
La Corte Nacional de Justicia (CNJ) ha cumplido con el país, puesto que como lo dispone la norma constitucional, su presidente ha enviado en cuatro ocasiones la terna para la designación del titular del CJ, el 22 de febrero, 16 de mayo, 22 de agosto y 16 de diciembre de 2022. En las dos primeras ocasiones el CPCCS no dio ningún trámite. En la tercera se descalificó de forma ilegal y arbitraria a dos de los postulantes. En la cuarta terna enviada, que nació del consenso del Pleno de la CNJ, pese a que ni siquiera se admitió a trámite ninguna impugnación, el CPCCS resolvió no designar a ninguno de los ternados arguyendo una falta de “consenso” de los consejeros para proceder con la designación del presidente del CJ.
El CPCCS, durante este proceso que ha durado más de diez meses, ha adoptado resoluciones sin sustento técnico ni jurídico, demostrando más bien, a través de cualquier excusa, su pretensión de mantener en acefalía al órgano administrativo de la Función Judicial, afectando el normal ejercicio de las atribuciones de este Poder del Estado, y fundamentalmente, atacando la independencia judicial, principio rector dentro de un estado democrático.
Con esta conducta el CPCCS está incumpliendo con lo dispuesto por la Corte Constitucional en su sentencia No. 1219-22-EP/22 de 26 de septiembre de 2022, que ordenó nombrar a la brevedad a quien presidirá el CJ, inobservado también las funciones que por mandato constitucional le corresponden, puesto que, a pesar de tener la obligación de promocionar los derechos a la participación ciudadana y el control social, la lucha contra la corrupción y el fortalecimiento de la transparencia y la ética pública, así como la designación de autoridades, el CPCCS con sus actuaciones en este proceso, ha hecho cabalmente todo lo contrario, tal como la opinión pública del país ha corroborado.
El Pleno de la Corte Nacional de Justicia por lo antes expuesto, debe actuar en estricto derecho y ante la gravedad de lo sucedido, en las próximas horas solicitará a la Corte Constitucional del Ecuador que arbitre las acciones en la esfera de sus competencias por el incumplimiento de lo ordenado en la precitada sentencia para la designación del vocal titular que debe presidir el Consejo de la Judicatura.