JUECES DE LA SALA DE LO PENAL DE LA CNJ RATIFICAN EL ESTADO DE INOCENCIA DE MIEMBRO DE LAS FUERZAS ARMADAS
Durante la audiencia realizada este jueves 25 de enero de 2024, los jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ): Walter Macías (ponente), Luis Rivera y Byron Guillén, declararon improcedente el recurso de casación propuesto por el procesado, por estar indebidamente fundamentado y no haber demostrado el error judicial alegado.
No obstante, el tribunal casó de oficio la sentencia de apelación, al determinar que los hechos dados por probados no se adecuan al tipo penal de extralimitación de funciones, por lo que, de forma unánime, se ratificó la inocencia del servidor de las fuerzas armadas perteneciente a la Fuerza Naval: Israel David Arreaga Yépez, al considerar que existió una indebida aplicación del art. 293 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y que la norma que debió aplicarse es el art. 5 numeral 3 del COlP, en concordancia con el art. 76 numeral 2 de la CRE.
No se justificó que dicho servidor se haya extralimitado en sus funciones mientras se encontraba en ejecución de la orden fragmentaria No. 097-2017; procedimiento en el que se suscitó el fallecimiento del ciudadano N. M. O., sin que exista un exceso en los niveles de fuerza progresiva, sino, por el contrario, actuó en el cumplimento de los deberes constitucionales previstos en el artículo 158 inciso segundo de la CRE, que cobija las actuaciones de las Fuerzas Armadas.
28 de enero de 2024