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TRIBUNAL DE LA SALA PENAL DE LA CNJ DETERMINÓ LA EXISTENCIA DEL DELITO DE PECULADO EN EL CASO “SECOM”

Por unanimidad, un tribunal de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado de la Corte Nacional de Justicia, conformado por los jueces nacionales: Mercedes Caicedo Aldaz (ponente), Marco Rodríguez Ruiz y Julio Inga Yanza, aceptó el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía, Procuraduría y Contraloría General del Estado, como parte del denominado caso “Secom”.

El tribunal revocó la sentencia de primera instancia emitida el 17 de diciembre de 2020, y declaró la existencia del tipo penal de peculado, tipificado y sancionado en el artículo 257.2 del Código Penal.

En el fallo se impuso una sentencia de 5 años de prisión (pena máxima) para Fernando A., exsecretario de Comunicación, y para el exsubsecretario Galo P., en calidad de coautores. Mientras que, Carlos B. fue sentenciado en calidad de cómplice a una pena privativa de libertad de 1 año 8 meses. Para Pablo Y., se dispuso una pena de 1 año de prisión, tras beneficiarse con una reducción del 80 % de la pena, al haberse acogido al proceso de cooperación eficaz con la Fiscalía General del Estado. Los procesados deberán pagar, de forma proporcional, una reparación integral de 225.000 dólares al Estado ecuatoriano, de acuerdo a sus grados de participación.

Además, de conformidad con el artículo 68 del Código Orgánico Integral Penal, el tribunal dispuso la pérdida de los derechos de participación de las personas antes citadas.

 

18 de septiembre de 2024

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