El 26 de abril de 2024, la jueza Mercedes Caicedo Aldaz, integrante de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito Corrupción y Crimen Organizado de la Corte Nacional de Justicia, participó como ponente en el Diplomado en "Derecho Penal, Derecho Procesal Penal y Argumentación Jurídica", organizado por la Dev-Soft Academy. El tema abordado fue "Recursos extraordinarios".
La magistrada inició su intervención abordando algunas preguntas fundamentales: ¿Qué implica el derecho a apelar las decisiones judiciales? Para responder a esta interrogante, se examinaron sentencias como el caso Mohamed vs. Argentina de la Corte IDH. ¿Cuál es la diferencia entre los recursos ordinarios y extraordinarios en materia penal? Se concluyó que la diferencia principal radica en el exhaustivo análisis que se realiza en los recursos ordinarios, diferencia que no se encuentra presente en los recursos extraordinarios.
Además, se planteó la pregunta sobre la naturaleza de los recursos extraordinarios.
Para finalizar, se resaltó que el recurso de casación se centra en la revisión de errores legales en la sentencia. Como última pregunta, se planteó: ¿Cuál es el propósito del recurso de casación y revisión? A través de esta pregunta, se examinó la normativa estatal para determinar la elegibilidad de los recursos y la forma de presentarlos.